17 enero 2007
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| Pese a algunos contratiempos, en el año 2006 se lograron importantes avances en la salud y los derechos reproductivos.
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| Foto cortesía de Trygve Bolstad, Panos Pictures. |
El año 2006 trajo muchos cambios importantes de leyes y políticas que afectan la
capacidad de las mujeres para tomar decisiones relacionadas con su salud
reproductiva. En algunos países se liberalizaron las leyes de aborto con el fin
de salvaguardar la salud de las mujeres, mientras que en un país se eliminó el
acceso a todos los servicios de aborto legal y seguro. A continuación se
resumen algunos de los sucesos que ocurrieron en diferentes partes del mundo
durante el año 2006:
- En un fallo que marcó un hito histórico el 10 de mayo, el tribunal
constitucional de Colombia decidió permitir el aborto en determinados casos, lo
cual relajó la prohibición de este procedimiento que existía anteriormente en el
país.
De conformidad con el fallo, de ahora en adelante el aborto será
permitido en casos de violación, malformación fetal o cuando la vida o salud de
la madre o del feto corren peligro. Bajo la disposición anterior del código
penal de Colombia, el procedimiento era prohibido en todas las circunstancias, y
tanto la mujer como el prestador de servicios de salud podían ser condenados a
hasta cuatro años en prisión.
- El Ministerio de Salud de Etiopía emitió unas directrices para los servicios
de aborto seguro, y así logró importantes avances hacia la implementación de la
modificación de 2005 de la ley de aborto en este país.
Las directrices se
dieron a conocer el 10 de julio en un evento para conmemorar el Día Mundial de
la Población. El Presidente de Etiopía, Girma Wolde Giorgis, abrió el simposio,
que fue organizado por el Ministerio de Salud, el Ministerio de Finanzas y
Desarrollo Económico, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y
varias organizaciones no gubernamentales.
Bajo el código actualizado, el
aborto es permitido bajo una gama de circunstancias más amplia que en el pasado,
cuando el aborto era permitido sólo para salvar la vida o salud de la mujer. Hoy
día, se puede practicar un aborto cuando el embarazo es producto de una
violación o incesto, cuando la vida de la mujer o del feto corre peligro, cuando
el feto presenta anormalidades graves, cuando la mujer tiene una discapacidad
física o mental y cuando una menor de edad no está física o psicológicamente
preparada para criar al niño.
- El 22 de septiembre, los ministros de salud de los países de la Unión Africana (UA) pusieron en marcha
un ambicioso plan de acción con el objetivo de lograr acceso universal a la
atención integral de la salud sexual y reproductiva en toda la extensión del
continente africano al cabo del año 2015.
En una sesión especial
celebrada en Mozambique, los delegados de 48 naciones participantes convinieron
en que los estados miembros de la UA no pueden hacer caso omiso de las muertes
maternas atribuibles al aborto realizado en condiciones de riesgo. El tratar el
problema del aborto inseguro fue parte de un llamado más amplio para incrementar
las inversiones en salud reproductiva a fin de combatir las enfermedades
generalizadas y la salud deficiente que atrasan el desarrollo humano y económico
de África.
- Los diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua votaron por prohibir el
aborto bajo toda circunstancia, repelando el Artículo 165 del Código
Penal. El Artículo 165 permitía el “aborto terapéutico” si la vida de la
mujer corría peligro. Nicaragua se unió a sólo unas pocas naciones donde el
aborto es prohibido por completo.
La nueva ley impone condenas a prisión
de hasta 20 ó 30 años para las mujeres y médicos que interrumpen un embarazo,
pero los legisladores postergaron el voto respecto a las penalidades, y por
tanto la condena máxima actual de seis años por un aborto ilegal seguirá
vigente. Las organizaciones que trabajan en el campo de la salud y los derechos
humanos, guiadas por el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos, están
cuestionando la constitucionalidad de la ley en la Corte Suprema de Justicia de
Nicaragua.
- En noviembre, los votadores de Dakota del Sur rechazaron una prohibición del
aborto que hubiera prohibido el aborto incluso en la eventualidad de una
violación o incesto, y cuestionaron la decisión Roe v. Wade de la
Suprema Corte. El 55 por ciento votó por revocar la prohibición; el 45 por
ciento votó a su favor. Los votantes asistieron en números sin
precedentes; en un precinto se informó un 81 por ciento del número de
votantes.
- La líder de la reunión mundial más importante de gineco-obstetras hizo un
llamado para que se tomen nuevas medidas a fin de combatir el continuo impacto
del aborto inseguro en la vida y salud de las mujeres. La Dra. Dorothy Shaw,
presidenta de la Federación Internacional de Ginecología y
Obstetricia (FIGO), dijo en su discurso inaugural del 10 de noviembre, que
pronunció en la reunión trienal de la organización celebrada en Malasia, que la
mortalidad materna es una “penosa realidad,” y que “cada año mueren
aproximadamente 500,000 mujeres durante el embarazo o el parto, la mayoría en
los países más pobres.” Instando a las sociedades de gineco-obstetricia a romper
el silencio y la falta de acción respecto al aborto inseguro, también dijo: “La
evidencia es patente. Sin duda alguna, se ha demostrado que las leyes de aborto
restrictivas conducen a un aumento en las tasas de mortalidad materna”.
- El 28 de diciembre, Togo pasó a ser el último país en legalizar el aborto en
determinadas circunstancias. La ley recién reformada permite el aborto “en casos
donde el embarazo es producto de una violación o de una relación incestuosa”.
También permite el aborto “si existe un gran riesgo de que el niño que está por
nacer se verá afectado por un problema médico de particular gravedad”. La ley
estipuló que el estar involucrado en un aborto ilegal sería punible por multas y
condenas de hasta cinco años en prisión.
Para mayor información, diríjase a:
Kirsten Sherk
Gerente, Unidad de Comunicaciones
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