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| La corte apoyó la prohibición del procedimiento pese al testimonio de expertos médicos que se oponen a ésta. |
Hoy, la Corte Suprema de Estados Unidos falló en los casos Gonzáles contra Planned Parenthood y Gonzáles contra Carhart, a favor de una ley que prohíbe un procedimiento de aborto específico utilizado en el segundo trimestre del embarazo. El Congreso aprobó esta ley en el año 2003, pese a la oposición de expertos médicos como el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos (American College of Obstetricians and Gynecologists), quienes estiman que dicha ley impide que los médicos cumplan con su obligación de anteponer las necesidades de sus pacientes.
En respuesta a la decisión, Elizabeth Maguire, Presidenta y Directora Ejecutiva de Ipas, dijo: “Las restricciones al acceso al aborto violan los derechos de las mujeres a la salud, la privacidad, la igualdad y la libertad de conciencia”.
La corte se dividió 5-4 en su decisión. En desacuerdo, la Jueza Asociada Ruth Bader Ginsburg (la única mujer que actualmente forma parte de la Corte Suprema) declaró que la opinión de la mayoría es “un revés para la salud de las mujeres”, que “tolera, e incluso aplaude, la intervención federal para prohibir, en toda la extensión del territorio nacional, un procedimiento que el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos estima necesario y apropiado en determinados casos".
Cada año, a nivel mundial, mueren aproximadamente 70,000 mujeres a consecuencia del aborto realizado en condiciones de riesgo, y 5 millones más son hospitalizadas y sufren discapacidad a largo plazo y fertilidad comprometida. La comunidad internacional ha reconocido el impacto de las leyes restrictivas de aborto sobre la vida de las mujeres, en una serie de acuerdos internacionales: el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD), celebrada en 1994, el estudio de cinco años de la ejecución del Programa de Acción de la CIPD, realizado en 1999, y la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing).
“El acceso al aborto a petición en el primer trimestre, continúa siendo
derecho de aplicación general”, dijo Maguire. “Pero esta decisión muestra
que los estadounidenses deben continuar luchando por proteger sus derechos
reproductivos”. El fallo de la corte fue emitido en un momento en que existe
cada vez más reconocimiento mundial de la necesidad de liberalizar las leyes
restrictivas de aborto con el fin de proteger la salud de las mujeres. Desde
1995, 16 naciones, incluidas Colombia, Etiopía y Nepal, han liberalizado las
leyes que restringen el aborto. Por contraste, Estados Unidos es una de sólo
seis naciones que han agregado restricciones. De conformidad con
la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer, celebrada en 1985, los gobiernos deben abstenerse de prohibir
procedimientos médicos que sólo necesitan las mujeres.
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Kirsten Sherk
Gerente, Unidad de Comunicaciones
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